Comentaba ayer que en Argentina, durante un día como hoy (un día de elecciones), no es posible la compra de bebidas alcohólicas, prohibición que se extendía también al día previo (el de reflexión).

Pues bien, sépase asimismo que por aquellos lares, los días en los que se celebran elecciones no son posibles (Art. 71 del Código Nacional Electoral – Modificación introducida por la Ley N° 25.610):
  • Los espectáculos populares al aire libre.
  • Los espectáculos populares en recintos cerrados.
  • Las fiestas teatrales y deportivas.
  • Toda clase de reunión pública que no se refiera al acto electoral.

Conclusión: ¡De haber tenido aquí una norma así, el partido del Barça no se hubiera podido jugar! ¿Podemos impugnar el resultado?

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