El viernes pasado (el "raro" 29 de febrero), fue la Generalitat que publicó en el DOGC la "ORDRE SLT/72/2008, de 12 de febrer, per la qual es desplega el Decret 159/2007, de 24 de juliol, pel qual es regula la recepta electrònica i la tramitació telemàtica de la prestació farmacèutica a càrrec del Servei Català de la Salut".
El trabajo en el ámbito del Derecho de las Nuevas Tecnologías no es escaso, no. Las normas del viernes y de hoy son un pequeño ejemplo. Por eso, la confusión generalizada introducida por algunos medios este fin de semana acerca de la figura del "agente encubierto" para delitos tecnológicos, sólo añade dificultad adicional. Una cosa es ser "agente encubierto" y otra "agente provocador". Y esta importante distinción no siempre es tenida en cuenta ni periodísticamente ni policialmente, actuando a veces de forma un tanto 'sui generis'.
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