Diario La Vanguardia de hoy, sección Internacional, página 10, "Perú y Chile se pelean por el orígen de la papa", segunda columna: "Con el lema 'Tesoro de Perú, alimento del mundo', Lima celebró ayer el Día Nacional de la Papa..." (noticia via web, aquí).


Pues no, señores de La Vanguardia. Como bien se indicó por aquí, el Día Nacional de la Papa en Perú no fue ayer, sino el pasado viernes día 30. Todo ello, de acuerdo con la Resolución Suprema
nº 0009-2005-AG, que a continuación se adjunta:

INSTITUYEN A NIVEL NACIONAL LA CELEBRACION DEL “DIA NACIONAL DE LA PAPA” EL 30 DE MAYO DE CADA AÑO

RESOLUCION SUPREMA
N.009-2005-AG

Lima, 23 de febrero de 2005

CONSIDERANDO :

Que, documentos históricos, científicos y técnicos señalan que el Perú es el principal centro de origen de la papa, tubérculo cuya antigüedad data de más de 7,000 años; se constituyó en alimento fundamental en el desarrollo de las culturas preincas e incas. Actualmente el Perú cuenta con la mayor diversidad genética de papa tanto silvestres como cultivadas, encontrándose 91 de las 191 especies de papas silvestres reconocidas y cerca de 3,000 variedades nativas de todas las especies existentes.

Que, la importancia de este cultivo se manifiesta en las estadísticas nacionales ya que se cultivan en 19 departamentos, desde el nivel del mar hasta los 4,500 m.s.n.m., su superficie promedio de siembra es de 260,000 hectáreas las cuales producen 3 millones de toneladas del producto, genera aproximadamente 110,000 puestos de trabajo permanentes y 30 millones de jornales, representa el 13% del PBI agrícola; lo que representa el más alto índice que cualquier otro cultivo alimenticio nacional;

Que, los artículos 67º y 68º de la Constitución Política del Perú, disponen que el Estado determina la política nacional del ambiente, promueve el uso sostenible de sus recursos naturales; y el Estado está obligado a promover la conservación de la diversidad biológica; estableciendo en el artículo 88º que el Estado apoya preferentemente el desarrollo agrario.

Que, el artículo 5º de la Ley N.25902-Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura menciona que compete al Ministerio de Agricultura formular, coordinar y evaluar las políticas nacionales en lo concerniente al Sector Agrario.

Que, la Ley N.26839 – Ley para la Conservación y Aprovechamiento Sostenible de la Diversidad Biológica y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N.068-2001-PCM, señalan que la Estrategia Nacional de la Diversidad Biológica es el instrumento nacional de planificación de la Diversidad Biológica Nacional.

Que, la papa desde siempre, cumple un rol importante como alimento nutritivo que contribuye con la seguridad alimentaria en los pobladores de nuestro país y del mundo entero. El cultivo de la papa es central en nuestra cultura, historia, cocina y en nuestra economía.

Que, en ese sentido, es necesario revalorar el cultivo de la papa peruana, su riqueza genética que contribuye a la seguridad alimentaria nacional y mundial, la diversidad cultural y tecnologías ancestrales que la envuelven, así como estimular el consumo y el de sus subproductos;
Que, cada año, entre los meses de mayo y junio de obtiene mayor producción en las distintas zonas productoras del país, principalmente en la sierra dando las condiciones más favorables para las cosechas y promoción del consumo masivo, por lo que en coordinación con los productores representativos se ha previsto institucionalizar el “Dia Nacional de la Papa”.

De conformidad, con lo establecido en el Decreto Legislativo N.560, el DecretoLey N.25902, la Ley N.26839 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo N.068-2001-PCM

SE RESUELVE :

Artículo 1º.- Instruir a nivel nacional la celebración del “Dia Nacional de la Papa” el 30 de mayo de cada año.

Artículo 2º.-Regístrese dentro del calendario de eventos nacionales la celebración del “Día Nacional de la Papa” así como las celebraciones regionales, locales y comunales que pueden darse al respecto.

Artículo 3º.-La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Agricultura.

Regrístrese, comníquese y publíquese.

Rúbrica del Dr. Alejandro Toledo
Presidente de la República

Alvaro Quijandría Salmón
Ministro de Agricultura

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