Es antigua (de diciembre del año pasado) y ampliamente conocida por el sector (ha dado pie a diversos artículos y comentarios), pero ha sido hoy cuando se ha publicado en el BOE la Sentencia de 16 de diciembre de 2008, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, por la que se declara nulo un determinado apartado del Real Decreto 1331/2006, de 17 de noviembre, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los abogados que prestan servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos.
Sobre este tema de la relación laboral abogacil, auguro más sentencias, tarde o temprano, con llegada o no al Tribunal Supremo.
pero que diu la sentència?
ResponderEliminarpots fer-me 5 cèntims
gràcies
XG