Leo en el BOE de hoy el “Acuerdo del Secretario General del Consejo General del Poder Judicial, de 16 de julio de 2010, por el que se declara desierto el procedimiento abierto para la contratación del suministro de legislación consolidada al Consejo General del Poder Judicial”.
¿Desierto? Y entonces, ¿qué?, ¿a ‘tirar’ con la base de datos que ya tienen?. ¿Y si se les ha acabado la licencia?
Un servidor siempre ha pensado que la “Biblioteca de legislación consolidada/actualizada”, así como una relación de las sentencias dictadas (jurisprudencia) es un servicio que debería ser obligatorio que las Administraciones Europeas (incluyendo las estatales, autonómicas, locales) ofreciesen de manera gratuita, siendo un anacronismo que los operadores jurídicos (abogados y Consejo General del Poder Judicial, entre otros) tengamos que suscribirnos (léase pagar) a compañías para que nos faciliten la información emitida, no lo olvidemos, por parlamentos, gobiernos y tribunales de justicia (quienes deben pagar para comprar a terceros su propia información).
Así pues, en un formato estándar y compatible (para evitar que cada Administración implante su sistema), y en código abierto, estas herramientas deberían ser “libres” y gratuitas.
Nota: “Legislación consolidada” es aquella legislación “mantenida al día”, esto es, que recoge en un único texto los diferentes cambios que haya sufrido a lo largo del tiempo en base a normas posteriores. Es realmente útil, ya que cuando uno lee o estudia una norma debe estar seguro de que la misma no haya sido modificada vaya-ud-a-saber-cuándo-y-en-virtud-de-qué.
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