En el BOE aparecen publicadas muchas resoluciones y actos administrativos en los que se detallan determinados datos de carácter personal, especialmente el nombre y apellido de afectados por cuestiones como multas no comunicadas, expedientes de denegación de ayudas, concesiones de indultos, apertura de expedientes sancionadores, etc.
Muchas veces, los afectados no están contentos con que esos aspectos queden reflejados en el BOE (que recordemos que ya sólo es digital), y solicitan a Google un controvertido “Derecho al Olvido” con la esperanza de que tales referencias del Boletín Oficial no queden vinculadas a sus nombres.
Dejaré el análisis jurídico y técnico para otra ocasión. Me limitaré a destacar que este tipo de cosas no le pasan a todo el mundo. Así nos lo enseña el BOE de hoy, con su “Anuncio del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas sobre Propuesta de Resolución de expediente sancionador”, en el que el Instituto a la hora de identificar al “colega” al que se le comunica la Propuesta de Resolución alcanzada ante dos infracciones graves, lo que hace es referirse a él con sus siglas J.F.L. y su número de DNI.
¡Qué diferencia respecto de otros casos, aparecidos incluso en el mismo BOE de hoy!.
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