Interesante publicación ayer en el DOGC del "EDICTE de 9 de juliol de 2008, d'informació pública del Projecte de decret pel qual es regula l'acreditació de coneixements i competències en tecnologies de la informació i la comunicació", en el que informa de la posibilidad de consultar y presentar alegaciones (plazo de 15 días) a su contenido, un proyecto de norma que permitirá determinar quién es o no "competente digital".
La lectura del proyecto de norma, que recomiendo, no sé si realmente permite identificar cuándo alguien podrá ser considerado como "competente digital o no", pero sí tengo claro que, al menos por lo leído, no es precisamente una muestra de "competencia legislativa" (la disposición adicional segunda, punto primero es un ejemplo claro de ello).
Además, la norma es muy poco precisa respecto del contenido de dicho certificado y deja abiertos numerosos interrogantes (¿validez fuera del territorio catalán? -en principio, nula- ¿obligatoriedad de estar en posesión del mismo para ser funcionario? -"podrá" ser así, se anuncia-, ¿convalidación de este título con carreras universitarias, etc.? - se "podrán establecer"-).
Es más, me pregunto: ¿Está todo ello en consonancia con las previsiones del Anexo I del Real Decreto por el que se determina el contenido de la Enseñanza Secundaria Obligatoria?
Hasta la implantación de dicho nuevo título, sin embargo, supongo que seguirá siendo válido aquello de "altos conocimientos en informática" que el 90% de la gente pone en sus curricula pese a conocer apenas cómo se pone la negrita o se justifica un documento.
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