La relativamente reciente compra de un piso necesitado de unas ciertas reformas y nuevo mobiliario provoca, entre otras cosas, que uno siempre vaya provisto de un metro para comprobar si determindos elementos caben en la casa, así como que se fotografíe (la cámara ya me acompañaba antes de la compra del piso) cualquier detalle que a uno le pueda inspirar.

Asimismo, esta situación provoca que se mire con especial detenimiento los hasta ahora obviados anuncios de reformistas, pintores, decoradores, interioristas, fontaneros, instaladores de parket, maestros del feng-shui y profesionales conexos.

Sus tarifas no suelen ser baratas. De ahí que uno recurra a los videos del bricomania (convertida ahora en serie de culto). En cualquier caso, es de agradecer la publicación hoy en el DOGC de la RESOLUCIÓ MAH/868/2008, de 18 de març, per la qual es convoquen subvencions per a propietaris d'habitatges desocupats que els posin en lloguer corresponents a l'any 2008, i se n'aproven les bases reguladores. Mediante la misma, hasta 6.000 euros (estilo COFIDIS) de subvención para reformas y "puestas al día" de pisos, siempre que después los mismos se integren en el parque de viviendas en alquiler por un período mínimo de 5 años.

Me pregunto si el auto-alquiler sería subvencionable o si teniendo presente que el banco es más dueño que uno mismo, se podría hacer una interpretación "extensiva" de la norma. Intentaría pensar en leyes y jurisprudencia al respecto, pero sólo consigo concentrarme en cómo la capa tapaporos debe extenderse en vertical, con un pincel o brocha del ocho al tiempo de que canta "Angelitos Negros" con acento bilbaíno, único método oficial para que todo quede super-mega-bien.

Nota: Algún día iré integrando posts sobre las reformas y cambios que se van haciendo en el piso, al mejor estilo de Pepe Gotera y Otilio.


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